jueves 28 de marzo de 2024
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Ciudad de Salta y alrededores | 13 indicaciones para el uso de transporte público a partir del 1 de marzo

Desde el Gobierno de la Provincia y la SAETA elaboraron una lista con los pasos a seguir tanto por parte de los estudiantes y los acompañantes que viajen en colectivo los días de clases.

El regreso a clases presenciales en la provincia es inminente. Será este lunes 1 de marzo y así como se dieron las recomendaciones para el ingreso a las aulas, también las hay para el uso del transporte público.

Tanto desde la empresa SAETA como del gobierno provincial publicaron en sus redes y páginas web las 13 reglas primordiales para el uso de colectivos en la ciudad de Salta. Recordemos que el horario exclusivo para estudiantes -y acompañantes en el caso que lo requieran- será de 7.00 a 8.30, de lunes a viernes.

Según las indicaciones del Comité Operativo de Emergencia para el transporte de pasajeros en el área Capitalina y Metropolitana, en esas horas será de uso exclusivo para alumnos de todos los niveles, estudiantes menores y sus acompañantes. También docentes y personal de escuelas.

También podrán hacer uso de las unidades las personas cuyos trabajos sean consideraos actividades esenciales. Esto es trabajadores de la salud pública y privada en general; seguridad pública y privada asociadas a estos rubros; medios de comunicación; empleados de farmacia; estaciones de servicio y transporte; personal de mantenimiento de servicios esenciales.

Las 13 reglas de uso son:

  1. Los niños podrán ir acompañados por uno de sus padres, que deberá abonar su pasaje. El retorno de los padres, deberá concretarse fuera de horario de 7.00 a 8.30.
  2. Los estudiantes acreditarán su condición con la tarjeta de Pase Libre Estudiantil que, en caso de no estar activada, deberá estar acompañada de una tarjeta azul para abonar el pasaje correspondiente.
  3. Se recomienda llevar algún tipo de certificado/carnet/identificación que acredite la actividad que desempeña.
  4. Jubilados, pensionados y adultos mayores: SOLO PODRAN ACCEDER AL SERVICIO de transporte público de pasajeros a partir de las 10.00 Sin excepción.
  5. Personas con discapacidad solo podrán acceder al servicio de 7.00 a 8.30 en caso de dirigirse a establecimientos educativos o poseer turnos médicos.
  6. Personas CON TURNOS MEDICOS O EN BANCOS, en el horario de 7.00 a 8.30 deberán llevar impreso o en el celular el turno con datos del titular.
  7. No podrán usar el transporte público 7 a 8:30: el servicio doméstico, personal de profesiones liberales, sector gastronómico, hotelero y afines, sectores del comercio en general, actividades varias, independientes.
  8. Las actividades laborales excluidas del uso de transporte de 700 a 8.30, deberán adecuar el horario de ingreso o trasladarse por otros medios.
  9. La medida rige sólo de 7.00 a 8.30. No hay restricción para el retorno en horas del mediodía o por la tarde ya que el comportamiento de la demanda no lo amerita.
  10. Sigue vigente la normativa referente al pago del boleto.
  11. Esta restricción será controlada por inspectores de SAETA y AMT.
  12. La capacidad de ocupación de los coches convencionales es de todo el pasaje sentado más 10 de pie, mientras que los coches articulados, podrán llevar hasta 30 personas de pie.
  13. Será obligatorio el uso de barbijo; mantener las ventanillas abiertas y conservar la higiene de los coches. Cada unidad deberá contar con un recipiente con alcohol en gel para los pasajeros.

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