sábado 20 de abril de 2024
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La fiscalía pide 15 años de cárcel para los involucrados en el crimen de Sandra Palomo

Se trata de un varón y una mujer que secundaron a los menores de edad cuando tuvo lugar el asesinato.

Está por finalizar el juicio por al asesinato de Sandra Palomo. La fiscalía solicitó para los imputados Ian Esteban Caro y Ricardo Nahuel Bonifacio (18 y 19 años de edad al momento del hecho) la pena de quince años de prisión efectiva.

A Caro y Bonifacio se les acusa de ser partícipes secundarios del delito de homicidio calificado por alevosía, ensañamiento, criminis causa y por mediar violencia de género (femicidio) agravado por la intervención de menores de edad.

En tanto que para los imputados D. R. C y H. E. C. (17 años al momento del hecho), la fiscalía solicitó que ambos sean declarados responsables penales del delito de homicidio agravado por ensañamiento, alevosía, ensañamiento, criminis causa y por mediar violencia de género en calidad de partícipes secundarios.

Además, los representantes del Ministerio Público afirmaron que quedó acreditada con grado de certeza la autoría material del hecho a manos de L. N. C. V. (15 años al momento del hecho). Dicho adolescente fue sobreseído por inimputabilidad. Había sido acusado del delito de homicidio calificado por alevosía, ensañamiento criminis causa y por mediar cuestión de género.

Alegatos

Durante los alegatos, la parte acusadora hizo referencia al testimonio de G. B., amigo de L. N. C. V., a quien el menor le contó –vanagloriándose- todo su plan criminal: robar una “chata” para salir de fiesta. Incluso le mostró las armas que iba a utilizar para lograr su objetivo.

“La motivación de L. N. C. V. puede parecer nimia, pero debemos tener en cuenta que se trata del plan criminal de un joven de quince años”, remarcó la fiscal Mónica Poma, haciendo referencia luego a los rasgos psicopáticos, de perversión y a la falta de empatía que surgieron como características del menor en las pericias psicológicas y juntas médicas que se le realizaron durante estos tres años. “Características que no han cambiado un ápice” en el tiempo que lleva alojado en el Centro de Jóvenes en Conflicto con la Ley Penal, con medidas de seguridad, agregó.

Para el Ministerio Público, L. N. C. V. actuó con conducta inequívoca pues no tuvo intención de lesionar si no de matar.

Sobre el agravante “criminis causa”, sostuvo que el homicidio se ejecutó para ocultar otro delito: la sustracción de la camioneta.

El accionar del homicida de L. N. C. V. y la colaboración secundaria de los otros acusados se orientó a asegurar ese objetivo (robo). Para la fiscalía, Caro, Bonifacio, D. R. C y H. E. C. tenían conocimiento y aceptación de la forma en que se iba a concretar el ilícito.

Sabían lo que hacían

“Todos sabían que se estaban deshaciendo de un cuerpo”, señaló la fisca. Además expresó que “efectuaron tareas para ocultar el hecho y eliminaron indicios incriminadores, independientemente de quién tomó los pies de la víctima” para sacarla de la caja, consideró la parte acusadora. Además, subrayó que todo ocurrió a lo largo de varias horas y no intentaron bajarse de la camioneta ni dar aviso de lo ocurrido. “No demostraron miedo ni afectación alguna”, expresó la fiscal.

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